Nulidad del Avalista en Préstamos Mercantiles: Un Éxito Legal en FINLEGAL
En FINLEGAL, hemos logrado victorias destacadas en la defensa de los derechos de nuestros clientes al obtener la nulidad de contratos de aval en préstamos mercantiles y de familias, basándonos en una meticulosa revisión de las prácticas bancarias y la normativa vigente. Nuestro enfoque pionero y el profundo análisis de los contratos bancarios nos han permitido destacar las deficiencias en la información proporcionada a los avalistas, lo que ha resultado en sentencias favorables, como la de la Audiencia Provincial de Granada.
El Caso que Marcó la Diferencia
Uno de nuestros casos más notables se centró en la defensa de un cliente que figuraba como supuesto avalista en un préstamo mercantil. Durante el proceso judicial, demostramos que la entidad bancaria había introducido la figura del aval en las escrituras de novación sin proporcionar una explicación clara ni el consentimiento expreso de los firmantes, tal y como lo exige el artículo 1827 del Código Civil: “La fianza no se presume; debe ser expresa y no puede extenderse a más de lo contenido en ella”.
Este esfuerzo culminó en la nulidad del aval por un importe superior a 6 millones de euros, protegiendo así el patrimonio de nuestro cliente y asegurándole la tranquilidad financiera que merecía.
El fallo judicial subrayó la ausencia de una formalización adecuada del contrato de fianza. Aunque el cliente firmó la escritura de novación en calidad de representante de la empresa, nunca prestó su consentimiento expreso para constituirse como fiador, y la escritura carecía de detalles fundamentales, como los límites de la garantía y las obligaciones específicas.
La Clave de Nuestro Éxito: Comparación y Análisis Exhaustivo
Una de las estrategias clave que empleamos en este caso fue la comparación de las cláusulas genéricas utilizadas por las entidades bancarias en diferentes tipos de contratos. Observamos que, en otros casos, el banco detallaba exhaustivamente las condiciones de la fianza y las responsabilidades del avalista, lo que contrasta con la redacción imprecisa y confusa del contrato de nuestro cliente. Esta falta de información detallada evidenció la intención de la entidad de “colocar” la figura del avalista de manera velada, sin que los firmantes tuvieran pleno conocimiento del compromiso que asumían. Disponemos de multitud de contratos de todas las entidades financieras y conocemos como se redacta dicha cláusula en cada producto lo que implica que el banco es capaz de redactar de manera correcta la cláusula del aval y debe usar la misma diligencia en todos los contratos que redacta, sin embargo en algunos contratos sobre todo en los contratos notariales se da una transparencia y claridad menor a la habitual.
La Importancia de la Información Clara y la Protección al Cliente
El éxito de este caso no solo se debe a nuestra experiencia, sino también a la defensa de principios esenciales de información. La jurisprudencia, como lo demuestra la Sentencia 150/2023 de la Audiencia Provincial de Granada, resalta que los contratos de fianza deben estar claramente formulados, con un consentimiento inequívoco y una definición precisa de las responsabilidades del avalista.
Conclusión: No Más Avalistas Ignorados
Este caso emblemático es un recordatorio de la importancia de contar con una defensa legal robusta y especializada. En FINLEGAL, seguimos comprometidos con la protección de los derechos de los avalistas y prestatarios, asegurándonos de que las entidades financieras cumplan con sus obligaciones legales de manera transparente y justa.
Si crees que tu contrato de aval no se ajusta a la normativa o que no te han informado correctamente sobre sus implicaciones, no dudes en contactarnos. En FINLEGAL estamos aquí para evaluar tu situación y luchar por tus derechos con la misma determinación que nos ha llevado al éxito en casos pioneros como este.