La Sentencia del IRPH del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2024: Una Nueva Oportunidad para Reclamar

 


La Sentencia del IRPH del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2024: Una Nueva Oportunidad para Reclamar


La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el índice IRPH representa un paso importante en la lucha de muchos consumidores por lograr justicia en sus préstamos hipotecarios. Aunque no todos los casos podrán beneficiarse, esta decisión abre la puerta a nuevas posibilidades de reclamación, especialmente para aquellos contratos en los que las condiciones no reflejan el precio de mercado real.


La importancia de esta sentencia

En esta resolución, el TJUE ha aclarado cuestiones clave que habían sido motivo de controversia en sentencias anteriores, como las del Tribunal Supremo español. Entre las más destacadas está la necesidad de garantizar la transparencia en la información proporcionada a los consumidores. Se subraya que, aunque el índice IRPH estuviera publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto no exime a las entidades financieras de explicar su funcionamiento ni de justificar la ausencia de un diferencial negativo, un elemento crucial para reflejar el precio de mercado.

Este aspecto es especialmente relevante, ya que, como ya denunciamos en su momento en varios análisis y artículos, las entidades bancarias omitieron información fundamental para que los consumidores pudieran comparar el IRPH con otros índices, como el Euríbor. Además, la Circular 1994 ya incluía la fórmula matemática que indicaba el diferencial negativo necesario para ajustar el contrato al precio de mercado, algo que finalmente ha sido recogido en esta sentencia.


¿Qué hace que esta sentencia sea diferente?

A diferencia de las decisiones anteriores, esta sentencia del TJUE ofrece una interpretación más sólida y detallada sobre cómo demostrar la abusividad de las cláusulas IRPH. Esto incluye:

1. Acreditar el diferencial negativo: Es necesario identificar y calcular matemáticamente el diferencial que debía haberse aplicado para que el contrato reflejara el precio de mercado. Esta demostración matemática, basada en la fórmula de la Circular de 1994, es clave en las reclamaciones.

2. Demostrar el impacto económico: No basta con probar que el IRPH era más alto que otros índices, puesto que el supremo ya indicó que un Euribor con un diferencial alto puede ser mas costoso que un IRPH con diferencial bajo. Es fundamental cuantificar cuánto dinero adicional ha pagado el cliente respecto a un precio de mercado justo. Esto requiere un informe pericial que detalle:
• La diferencia entre el contrato actual y el precio de mercado real.
• Los intereses de más pagados a lo largo de la vida del préstamo.
• Cómo habría cambiado la decisión del cliente si hubiera conocido estos datos al contratar.

3. Separar riesgos reales y ficticios: Los préstamos hipotecarios, al estar garantizados por una hipoteca, tienen una sensibilidad al riesgo del titular mucho menor que los préstamos al consumo.

Las diferencias de precio en las hipotecas por tanto no son justificables máxime cuando la diferencia en un punto porcentual en el tipo de interés supone 70.000 euros de sobrecoste respecto al precio de mercado (tomando un préstamo hipotecario de 200.000€ a 35 años).


El papel crucial de los informes periciales

Esta sentencia refuerza la necesidad de realizar informes periciales exhaustivos y detallados. El perito debe no solo comparar el IRPH con otros índices, sino también demostrar que el contrato concreto está por encima del precio de mercado. Esto debe hacerse con cifras claras que reflejen las diferencias económicas en términos absolutos, las cuales pueden alcanzar cifras muy significativas.

Un análisis bien fundamentado puede ser determinante en el resultado del caso, ya que permite demostrar no solo la falta de transparencia, sino también la abusividad de la cláusula aplicada.


Conclusión

Aunque esta sentencia no garantiza el éxito automático de todas las reclamaciones por IRPH, sí proporciona herramientas legales más claras para aquellos casos en los que las condiciones del contrato no se ajustaron al precio de mercado real.

Además, pone un foco en la importancia de probar con rigor el impacto económico y la abusividad de las cláusulas, dejando menos margen de interpretación al Tribunal Supremo en futuras resoluciones.

Por tanto, es fundamental que los consumidores afectados evalúen la viabilidad de sus casos mediante un análisis detallado y sincero. Nosotros nos comprometemos a realizar un estudio exhaustivo de viabilidad, asegurándonos de que solo se persigan aquellas reclamaciones que realmente tengan posibilidades de éxito. Porque tu tranquilidad y tu justicia también son nuestras prioridades.